Registro de Pasaportes o DNI

Registro de Pasaportes o DNI en Apartamentos Turísticos en España
Uno de los requisitos legales más importantes al alojar turistas en España es el registro de su documentación de identidad. Este procedimiento es obligatorio y está regulado por la legislación española con el objetivo de garantizar la seguridad y el control de los viajeros.
¿Quién debe registrarse?
Toda persona mayor de 16 años que se hospede en un apartamento turístico en España debe proporcionar un documento de identidad válido, ya sea un pasaporte o un Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de ciudadanos de la Unión Europea.
¿Cómo se realiza el registro?
El proceso es sencillo pero debe realizarse con rigurosidad:
El propietario o gestor del apartamento debe recopilar los datos del pasaporte o DNI de cada huésped.
Los huéspedes deben firmar una ficha de registro.
Estos datos deben ser enviados a las autoridades de seguridad (Policía Nacional o Guardia Civil) dentro de un plazo de 24 horas desde la llegada del huésped, a través del sistema online habilitado para este fin.
Consecuencias del incumplimiento
No registrar a los huéspedes adecuadamente puede derivar en sanciones económicas para los propietarios o gestores del alojamiento. Es fundamental cumplir con este trámite para evitar problemas legales y garantizar una estancia segura y conforme a la normativa vigente.