MODELO INFORMATIVO ANUAL NRA (DEPÓSITO DE ARRENDAMIENTOS)

Nuevo requerimiento para todos aquellos que hayan solicitado el NRA, obliga de presentar el depósito anual de arrendamientos de corta duración y deriva directamente del artículo 10.4 del Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre. Esta norma establece que, cada doce meses, debe aportarse un modelo informativo que recoja un listado anonimizado de los arrendamientos de corta duración constituidos, identificando una finalidad distinta a la de vivienda permanente. Esta finalidad puede ser vacacional, turística, laboral, de estudios, de tratamiento médico o cualquier otra que no implique una necesidad de residencia estable.
Este informe detalla los aspectos prácticos y procedimentales para el cumplimiento de esta obligación en su primera edición, correspondiente al ejercicio.
1. Obligados a Presentar
Están obligados a realizar este depósito todos los titulares o gestores de una finca (CRU) a los que se les haya asignado uno o varios Números de Registro Único de Alquiler (NRUA) durante el año 2025. El NRUA es el identificador obligatorio para comercializar alojamientos de corta duración en plataformas digitales.
2. Naturaleza del Depósito
El depósito consiste en la presentación del Modelo Informativo de Arrendamientos de Corta Duración, un documento oficial que debe reflejar, por cada finca (CRU), la totalidad de los arrendamientos de corta duración iniciados en el periodo de declaración (2025) para todos los NRUA asociados a dicha finca.
3. Plazos de Presentación (Ejercicio 2025)
La Orden Ministerial que desarrolla este trámite entró en vigor el 2 de enero de 2026. Establece una obligación anual con el siguiente calendario:
· Periodo general: Cada mes de febrero, con la información del ejercicio anual anterior.
· Primera presentación (ejercicio 2025): Podrá efectuarse desde el 1 de febrero hasta el 2 de marzo de 2026.
4. Consecuencias por Incumplimiento
El artículo 10.5 del RD 1312/2024 es claro en sus consecuencias:
· No presentación o presentación extemporánea: Acarrea la revocación del NRUA asignado a la unidad.
· Esta revocación se comunica a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda.
· Efecto práctico: La pérdida del NRUA impide la comercialización del inmueble en plataformas online de alquiler turístico o de corta duración.
5. Datos Obligatorios a Declarar
El listado es anonimizado, por lo que no se incluyen datos personales de los huéspedes. La información requerida por modelo y NRUA es:
· Finalidad: Turístico/Vacacional, Laboral, Estudios, Tratamiento médico, Otros.
· Ocupación: Número de huéspedes.
· Periodo de Arrendamiento: Fecha de entrada y fecha de salida. Para reservas en curso, se dejará en blanco la fecha de salida.
· Identificadores: El NRUA asignado y el CRU (Código de Registro Único de 14 dígitos de la finca).
· Declaración de Inactividad: Existe una casilla específica para señalar si un NRUA asignado no ha tenido ninguna actividad de alquiler durante el ejercicio.
6. Cumplimentación del Modelo (Aplicación N2)
El modelo se genera exclusivamente mediante la aplicación N2, proporcionada por los Registradores de España.
· Descarga e Instalación: Gratuita desde la Sede Electrónica de los Registradores. No requiere suscripción ni certificado digital para su descarga o cumplimentación.
· Métodos de Carga de Datos:
o Manual: Recomendable para un número reducido de inmuebles o contratos.
o Carga Masiva (CSV): Permite importar datos desde un archivo CSV, siempre que se ajuste al formato y columnas exigidas.
· Generación del Archivo: Tras validar los datos, la aplicación genera un fichero en formato XBRL (.zip encriptado) que contiene la declaración.
· Compatibilidad: Actualmente, la aplicación N2 no es compatible con sistemas operativos iOS. Los Registradores han anunciado una futura adaptación sin fecha concreta.
7. Vías de Presentación en el Registro
Existen tres modalidades, ordenadas por preferencia:
1. Presentación Telemática (Vía Preferente):
o A través de la Sede Electrónica (Registradores) de los Registradores.
o Directamente desde la aplicación N2.
o Requisito para ambas: Estar dado de alta en la sede y disponer de certificado digital válido.
2. Presentación Presencial:
o No requiere certificado digital.
o Se debe acudir al Registro de la Propiedad donde esté inscrita la finca.
o Procedimiento:
a. Cumplimentar el modelo en la app N2 y guardarlo localmente (no se imprime).
b. Al guardar, se genera automáticamente un número de identificación (CRI).
c. Generar e imprimir la instancia de presentación que incluye el CRI. Este es el único documento físico que se entrega en el Registro, permitiendo a los registradores recuperar la información digital asociada.
9. Soporte, Recursos
· Recursos de Ayuda: Los Registradores de España han habilitado un amplio soporte:
o Documentación: Guías informativas, manuales de usuario y vídeos tutoriales disponibles en su Sede Electrónica a partir del 31 de enero de 2026.
o Chatbot: Herramienta de consulta automatizada ya operativa.
Enlace: https://chatbot.regia.registradores.org/es/arrendamientos
10. Coste y conservación de Documentos
- Coste del Servicio de Registradores: La presentación del modelo informativo tiene un coste de 27 euros + IVA por cada NRUA declarado en el modelo.
· - Conservación de Documentación: La normativa establece la obligación de conservar toda la documentación (contratos, reservas, etc.) que acredite la finalidad declarada de los arrendamientos, ya que el Registrador podrá requerirla para su verificación.
En https://www.suitur.net podemos ayudarte.